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Miembro Vitalicio

Será aquel que posterior a haber cumplido 60 años de edad y 20 años consecutivos como miembro activo y haya brindado aportes a la Sociedad.
Para que un miembro sea considerado como vitalicio se debe presentar solicitud por escrito por dos miembros de la Sociedad al Presidente para consideración de los miembros en la sesión siguiente.
La votación definitiva se efectuará en la sesión siguiente y será necesario el voto afirmativo de las dos terceras partes de los miembros presentes siempre que haya quórum reglamentario.

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